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Con el objetivo de impulsar el desarrollo de las MIPyMES de todo el territorio nacional, mediante el acceso a la unidad productiva propia, el Ministerio de Industria, a través de la Secretaría de la Pequeña y Mediana Empresa y Desarrollo Regional bonifica parte de la tasa de interés de créditos otorgados por la línea "Financiamiento de Inversiones de Actividades para la MIPyME- Reg. Nº 400/23" del Banco de la Nación Argentina.
Características del programa Usuarios: Micro, Pequeñas y Medianas Empresas, bajo cualquier forma societaria o unipersonal, pertenecientes a los sectores económicos: industriales, comerciales, de construcción y de servicios destinados al mercado interno o a la exportación. Destino: Construcción o adquisición de galpones para uso industrial. Monto del crédito: Hasta $1.500.000. Plazo: El plazo en el cual se aplicará la bonificación de tasa no podrá exceder los 5 años. A partir del sexto año, y hasta el decimoquinto, se aplicará la tasa de la Reglamentación Nº 400/23. Tasa de interés: Las empresas deberán contar con una DECLARACIÓN DE ELEGIBILIDAD emitida por SEPYME para acceder al beneficio de la bonificación. (Cuadro 1) Se consideran Micro o Pequeñas empresas aquellas cuya facturación promedio de los últimos tres años no supere los siguientes montos. Período de gracia: Hasta 6 meses, incluidos en el plazo de la operación. (Cuadro 2) Garantías: Garantías hipotecarias o avales de Sociedades de Garantías Recíprocas (S.G.R).

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