La ONCCA implementó, a través de la Resolución 43/08, el Libro de Movimiento de Hacienda y Carne Caprina, donde los establecimientos faenadores deberán registrar sus operaciones. Esta es una de las herramientas que forma parte del marco normativo acorde con las necesidades actuales de información, para asegurar la transparencia del mercado, la libre concurrencia de sus operadores y erradicar las prácticas desleales de comercialización. En el Libro de movimiento de hacienda y carne caprina los faenadores consignarán datos como la fecha y hora de ingreso de hacienda al establecimiento, cantidad de cabezas, nombre de los titulares de faena, el destino de la hacienda, existencia y salida de carne. Asimismo, los establecimientos faenadores completarán el formulario de Declaración Jurada Diaria de Faena Caprina y lo archivarán junto a la Lista de Matanza de ese día. Además, deberán firmar la Declaración Jurada Mensual de Faena Caprina, remitirla al e-mail: caprinos@oncca.gov.ar, e imprimir un ejemplar de la misma y enviarlo por correo postal, junto a la última lista de matanza del mes, a la Oficina de Recepción de Información, Venta y Archivo de la ONCCA (of. 149), Paseo Colón 922, Ciudad de Buenos Aires, dentro de los primeros cinco días de finalizado el mes.
Los requisitos y detalles para la confección de los registros se encuentran disponibles en: www.oncca.gov.ar